La sentencia ordena, dependiendo de la isapre, aplicar la prima GES, de 7,22567 U.F. anuales o el valor informado en el trienio anterior (2019-2022), si éste resulta ser mayor.
Además, debe proceder a la devolución de las diferencias debidamente reajustadas por los meses que corresponda dentro de los 25 días hábiles desde la notificación de la sentencia, sin perjuicio de la facultad que tienen para reclamar dicha instrucción.
En caso que la isapre no lo haga o se niegue, podrás informarlo a través de una presentación adicional en su reclamo. Para ello, debe ingresar, en nuestro sitio web en https://misuper.superdesalud.gob.cl/, opción Realiza el seguimiento de tu reclamo - Antecedentes Adicionales.