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Mujeres pueden incorporar a sus maridos como carga

La Intendencia de Fondos y Seguros Previsionales de Salud impartió instrucciones “relativas al derecho de la afiliada a incorporar a su cónyuge como carga familiar en los sistemas de salud previsional”.

29 de junio de 2021

El pasado 24 de junio la Intendencia de Fondos y Seguros Previsionales de Salud, instruyó a través de la Circular IF/ N°383 sobre «el derecho de la afiliada a incorporar a su cónyuge como carga familiar en los sistemas de salud previsional».

Incluso la isapre deberá informar a la afiliada que puede «declarar como familiar beneficiario o carga legal a su cónyuge», en caso que cumpla con los requisitos legales para ser «causante de asignación familiar».

Esto significa un avance fundamental en eliminar toda forma de discriminación, y responde a la recientemente aprobada Ley 21.337, que permite que hombres y mujeres puedan ser carga de salud, tanto en Fonasa como en isapres.

Revisa la Circular IF/N°383 AQUÍ