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Resolución Exenta IF/N° 222

Se amonesta al Hospital Padre Hurtado, por el incumplimiento de la obligación de informar sobre el derecho a las GES, dejando constancia escrita de ello en el » Formulario de Constancia de Información al Paciente GES», o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud «Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años» y «Urgencia Odontológica Ambulatoria», según fuere el caso.

27 de abril de 2018

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