Impónese a la Isapre Colmena Golden Cross una multa a beneficio fiscal, ascendente a 300 UF por el incumplimiento del procedimiento de tramitación y resolución de licencias médicas, establecido en el artículo 26 del D.S. N° 3, del Ministerio de Salud de 1984, que exige estampar en el formulario respectivo el pronunciamiento de la Isapre bajo la firma del profesional habilitado.
01 de febrero de 2007
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