Nacional

Hospital Naval Almirante Nef

acreditación, intendencia de prestadores, prestador acreditado, Hospital Naval Almirante Nef

Datos del Prestador

N° de registro 705
Nombre Hospital Naval Almirante Nef
Rut 61.102.017-1
Dirección Subida Alessandri S/N, Viña del Mar, Región de Valparaíso
Teléfono 32-2573000 / 32-2573034
Tipo de Establecimiento Atención Cerrada
Complejidad Asistencial Alta Complejidad
Propietario del Prestador Armada de Chile
Página Web www.hospitalnaval.cl

Representante Legal

Nombre Boris Sánchez Manríquez
Rut 9.136.920-6
Profesión Capitán de Navío
Domicilio

Avenida Jorge Montt N°11700, Viña del Mar, Región de Valparaíso

Correo electrónico bsanchez@sanidadnaval.cl

Acreditaciones efectuadas

Primera acreditación

Fecha Resolución Resolución Vigencia de la acreditación Estandar de Acreditación Evaluado Entidad acreditadora
11-02-2020 Resolución Exenta IP/N°620 11-02-2023 Atención Cerrada- Alta Complejidad EvaluaQ Limitada

Resoluciones modificatorias

Fecha de publicación Titulo Resumen Enlace
06-10-2020 Resolución Exenta IP/ N° 4015 Resolución que ordena modificar la inscripción N° 705 en el Registro Público de Prestadores Institucionales de Salud Acreditados, al Prestador "Hospital Naval Almirante Nef", respecto a la actualización de información relacionada con sus números de contacto telefónico. Descargar

Sanciones

Fecha de publicación Titulo Resumen Enlace
acreditación, intendencia de prestadores, prestador acreditado, Hospital Naval Almirante Nef
FechaTítuloResumenDescargar
29/06/2011Resolución Exenta IF/N° 482Se amonesta al Hospital Carlos Van Buren por Incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes, la circunstancia de afectarles una patología adscrita al Régimen de Garantías Explícitas en Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en los artículos 24 de la Ley N° 19.966Resolución Exenta IF/N° 482
29/04/2020Resolución Exenta IF/N° 231Se amonesta al Hospital Dr. Carlos Van Büren, por el incumplimiento de la obligación de informar sobre el derecho a las GES, dejando constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria", según fuere si caso, a toda persona a quien se le diagnostica una patología o condición de salud amparada por dichas garantías.Resolución Exenta IF/N° 231
01/03/2013Resolución Exenta IF N° 178Se amonesta al Hospital Carlos Van Buren, por el incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud,, en la forma prevista en el Capítulo VI Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en el inciso 2° del artículo 24 de la Ley N° 19.966.Resolución Exenta IF N° 178
28/03/2012Resolución Exenta IF N° 224Se amonesta al Hospital Carlos Van Buren, por el incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud, en la forma prevista en el Capítulo VI Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en el inciso 2° del artículo 24 de la Ley N° 19.966.Resolución Exenta IF N° 224
15/02/2018Resolución Exenta IF/N° 75Se amonesta al Hospital Dr. Carlos Van Büren, por el incumplimiento de la obligación de informar sobre el derecho a las GES, dejando constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria", según fuere el caso.Resolución Exenta IF/N° 75